Era la mañana de un domingo de noviembre. El día amaneció con un sol radiante tras muchos días de cielos plomizos y tiempo desapacible. - ¡No puedo perder una mañana así! - me dije- y vestido con un chandal rojo y calzando unas viejas deportivas enfilé la pista de servicio del Canal del Henares que parte de Cabanillas del Campo en dirección a Marchamalo.
Por caminos de servicio a un lado, a otro o (algunas veces) a ambos lados del canal de 8 m. de ancho que provee de agua a los regantes de la Vega del Henares me acerqué animoso hasta el pueblo vecino y allí me detuve a curiosear por el mercadillo que los domingos se emplaza a la entrada del pueblo, al lado de la CM-1008. Luego me dispuse a emprender el regreso de nuevo por el canal, esta vez corriente abajo.
No me gustan muchos los caminos trillados, las pistas demasiado firmes; así que, cuando hay opción, elijo siempre las alternativas más novedosas y menos transitadas. En este caso, a medio kilómetro del casco urbano me decido a tomar el camino que flanquea el canal por la izquierda y desciende ligeramente al costado del terraplén que sustenta esta obra de ingeniería. Es un camino más verde y solitario y así son los caminos que busco. El camino es claramente perceptible durante un cuarto de kilómetro hasta que se pierde continuando después por un sendero que avanza entre matorrales en la base del terraplén. En una pequeña explanada, donde moría el camino pude ver aparcados media docena de coches de cazadores con los correspondiente remolques para los perros. No muy lejos se escuchabann las secas detonaciones de las armas de sus dueños. El sendero, a veces, parecía perderse junto a una tierra de labor, pero yo proseguí entre los matorrales pues sé que me incorporaré a la orilla del canal en cualquier momento. La pendiente del terraplén estaba completamente horadada por madrigueras de conejos muy numerosos en las inmediaciones del Canal. Doscientos metros más adelante, junto al lecho de un arroyo (curiosamente llamado "Arroyo del Robo") descubro un cazador que, visiblemente contrariado, observa mi llegada. Me apura un poco haberle espantado, quizás, la caza; pero no tengo remordimiento alguno: camino muy cerca de un curso de agua y del camino y, además, estoy apenas a un kilómetro de una gran población como Marchamalo. ¡Vaya un sitio para ponerse a cazar conejos un domingo a mediodía!
El cazador me espera con la escopeta cruzada sobre el pecho mientras sus perrillos corretean a pocos metros husmeando las madrigueras entre los matorrales. Al llegar a su posición se dirige a mí con expresión seria:
- ¿Cómo viene usted por aquí? Esto es un terreno de caza.
Me fijo en el hombre que me interpela. Pasará de los 65. Evidentemente es un jubilado que se entretiene con la caza menor, una caza todavía asequible para sus incipientes achaques. Lleva una gafas de gruesos cristales (posiblemente progresivos) y muestra unos ojos cansados (peligrosamente cansados, pienso yo).
- Venía por un camino que ha terminado perdiéndose y he continuado por un sendero; pero estoy al lado del canal.
El hombre pretende aleccionarme:
- No puede usted venir por aquí, ha de ir por el camino. Esto es un coto de caza. Puedo confundirlo y dispararle. Lo digo por su propia seguridad...
Muestro mi asombro ante lo de "confundirlo":
- ¿Pero me confundiría a mí, con este chandal rojo que llevo? ¿Me dispararía? (Me vuelvo osado) ¿Usted me ve bien no? Como lleva esas gafas... (y lo digo mirando fijamente a sus ojos cansados)
El hombre se siente ofendido y responde irritado:
- ¡Pero, por Dios, cómo le voy a disparar a usted! ¡Yo no he dicho eso! Tengo el carnet de cazador y he superado las pruebas psicotécnicas. ¡Cómo le voy a disparar!
- Pues no sé, se dan tantos accidentes...
- ¡Es que usted no puede pasar por aquí. Usted no puede salirse de los caminos. En realidad usted no podría ni pisar por el campo fuera de los caminos!
- Pero entonces nadie se puede salir, ni siguiera usted. Mire usted, no se pueden poner puertas al campo.
- Yo he pagado al dueño de este terreno. Yo le he dado un dinero por cazar aquí, en este coto ...
(Me vengo arriba)
- ¿Qué usted le ha dado dinero? ¡A ver, dígame el nombre del dueño de esta tierra al que usted ha pagado! ¿Sabe cómo se llama?
- ¡Usted no tiene ni puta idea! ¡Yo pago a la Asociación de Agricultores!
(El tono de estas últimas frases me inquita. Miro disimuladamente la escopeta en sus manos. Los perrillos alborotan alrededor)
- Bien, usted paga por cazar. De acuerdo. Pues cace y llévese la caza. Por eso paga, no hay problema. Pero yo tengo derecho a pasear por el campo. Además yo ni siquiera he pisado la tierra de ese señor al que usted paga. Yo voy por el borde del canal y por un sendero como puede ver. ¿Ve? Por ahí continua...
- Ese sendero le hemos hecho nosotros, los cazadores, pero usted no tiene derecho a pasar por él. Usted tenía que haberse vuelto por donde había venido cuando se acabó el camino... ¡Usted no tiene ni puta idea!
(La reiteración de esta frase me alarma y decido condescender un poco)
- Vale, quizá no tenga idea, pero me enteraré. Consultaré si tengo derecho a pasar por aquí y si usted puede cazar en este lugar (Y me dispongo a continuar por el sendero que asciende el pequeño terraplén hacia el canal)
- ¡Consúltelo y haga lo que le de la gana, ya veo que va a hacer usted lo que le salga de los cojones...!
Escucho sus últimas palabras mientras me alejo. No puedo dejar de imaginar que en ese momento podría estar apuntándome con su escopeta a mis espaldas. Vuelvo la vista. El cazador se aleja acompañado de sus perros rumiando la decepción de los conejos espantados por el excursionista)
REFLEXIONES EN LA DISTANCIA
Esta anécdota, rigurosamente cierta, es paradigma de una situación cada vez más frecuente entre quienes disfrutan de la naturaleza en España: el conflicto de intereses y responsabilidades en dos colectivos que tienen como lugar de recreo común el campo.
Tras este encontronazo sentí la necesidad de informarme y aclarar mis dudas sobre derechos y deberes respecto a este colectivo que, muchas veces choca con nosotros, los que usamos la naturaleza para recorrerla por el simple placer de explorar su diversidad. Por comodidad recurrí a internet donde el tema ocupa numerosos artículos e intervenciones en foros y debates. Abundan las noticias de encontronazos entre senderistas y cazadores, se analizan usos y abusos en las monterías, se aclaran normativas, se proponen leyes y reglamentos... Los cazadores reclaman que se reconozca su papel dinamizador en la economía rural, su acción de protección y cuidado de los espacios de caza y su labor reguladora en las poblaciones de las especies; reivindican, además, sus derechos en tanto que pagan por el uso del campo y reclaman el uso de "unos pocos días" de caza contra la mayor parte del año de posibilidades senderistas. Estos últimos les echan en cara su uso del campo como "coto" de uso exclusivo, su menor tamaño como colectivo, los numerosos días de caza posible (sumando modalidades), su acción depredadora sobre las especies, su peligrosidad, la contaminación por el plomo de sus cartuchos, una legislación (especialmente en Castilla la Mancha) claramente a su favor...
Después del diálogo transcrito he de reconocer una cierta laxitud en mi opinión sobre el uso de la naturaleza: Sí se puede poner puertas al campo. De hecho existen y son numerosas. El uso de los espacios naturales está muy regulado. Los derechos de paso no siempre están a favor de los senderistas (hay propiedades privadas que los tienen reservados) y el tránsito por "campo a través" sería casi técnicamente ilegal en muchas circunstancias. Pero hay una enorme casuística en las situaciones posibles donde la ley permite dudar o no están siquiera contempladas: ¿qué pasa con los recogedores de setas? ¿Qué ocurre si te pierdes? ¿Qué hacer ante un atajo que te evita muchos kilómetros si estás muy cansado? ¿Qué ocurre cuando accedes a un lugar de montería por un sendero o lugar no señalizado? ¿Cómo es posible consultar todo el catastro de una marcha de decenas de kilómetros para cercionarse de las propiedades de todas las fincas? ¿Qué ocurre si un terreno de caza no está señalizado? ¿Qué ocurre cuando subes a una montaña donde no hay caminos?...
Están publicadas las leyes referidas a la caza en cada comunidad autónoma. Existen manuales enteros del cazador. Hay resúmenes de las normativas... La verdad es que cada Comunidad Autónoma tiene las suyas y dependen, en gran medida, de la influencia del colectivo de cazadores en ellas. Lo que sí tienen en común todas ellas es la existencia de unas denominadas "zonas de seguridad", esto es, espacios en los que no está permitida la caza por razones de tránsito o habitabilidad. A ellas me remití en mi búsqueda para aclarar el "No tiene usted ni puta idea" que me espetó el enfadado cazador que conocí en el Canal.
Lo primero que quise determinar (por intuición y sentido común) es si ya transitaba por una de las denominadas "zonas de seguridad". Era extraño que pudiera cazarse al lado de un canal de riego de 8 m. de ancho. La existencia de tantos conejos en los alrededores dan fe de que allí no caza nadie (puedes ver centenares en un paseo de madrugada). Así que busqué en los "Apuntes para el examen de cazador en Castilla la Mancha" la normativa que todo buen cazador debe conocer para practicar este deporte "de riesgo" (ajeno) sobre las "zonas de seguridad".
En su página 116 se refiere al artículo 62 de la Ley de Caza de CLM definiendo los límites de la zona de caza, entre otros, como "En las vías y caminos de uso público, vías pecuarias, vías férreas, aguas públicas y canales navegables, los límites de la zona de seguridad serán los mismos que para cada caso se establezcan en las leyes o disposiciones especiales respecto al uso o dominio público y utilización de las servidumbres correspondientes" que más adelante concreta:
- Cuando se trate de villas, edificios aislados, jardines y parques no integrados en núcleos urbanos o rurales, los límites de la zona de seguridad serán los propios límites de dichos edificios o instalaciones ampliados en una faja de 100 metros en todas las direcciones.
- En las vías y caminos de uso público, vías pecuarias, vías férreas, aguas públicas y canales navegables, los límites de la zona de seguridad serán los mismos que para cada caso se establezcan en las leyes o disposiciones especiales respecto al uso o dominio público y utilización de las servidumbres correspondientes.Para hacer un estudio de la situación concreta de la situación descrita busqué en Google Maps una imagen satelital del lugar en cuestión.
- En las vías y caminos de uso público, vías férreas y canales navegables se prohíbe el uso de armas de caza dentro de la zona de seguridad y en una faja de 50 metros de anchura que flanquee por derecha e izquierda a los terrenos incluidos en ella. (Reglamento de Caza, artc. 64).
El resultado no dejaba lugar a dudas:
- El terreno que, como senderista, recorría forma parte: la "Cañada Galiana-Canal" (Ramal Marchamalo). La distancia de seguridad en ese tipo de vías es, como mínimo, de 75 m. ¡El cazador estaba cazando en una vía pecuaria!
- El Canal quizás podría calificarse como servicio de "aguas públicas" (no voy a considerar que "navegables"), lo que tendría una zona de servidumbre de, al menos, 5 m. a cada lado. En este caso (unos 50 m.) el "sendero" se aleja de esta zona, pero no mucho: la precaución de los cazadores debe extremarse (¿quién no se aleja unas decenas de metros, por ejemplo, para hacer sus necesidades en el campo?)
- Lo más definitivo y escandaloso es que, justo al otro lado del canal aunque no visible por la altura del terraplén, existe una finca habitada. Ahí la ley es muy clara: debe respetarse un margen de 100 en todas direcciones desde ese edificio. Yo pasaba a unos 50 m. de la finca y el cazador aprovechaba el desnivel para ocultar su infracción.
Ante esta situación, me pregunto: ¿Quién no tenía "ni puta idea"?